26 octubre, 2010

César Álvarez Aguilar, Presidente de la Región Ancash.


El 03 de octubre del 2010, se llevaron a cabo las elecciones regionales y municipales, fortaleciéndose el sistema democrático, dándose una muestra de civismo nacional, con ciertas demoras en los cómputos finales y con algunos resultados fulminantes. En la Región Ancash resultó ganador el movimiento “Cuenta Conmigo” liderado por César Álvarez quien fue nuevamente elegido, abrumadoramente, como presidente regional, a pesar que sus opositores lanzaron una serie de difamaciones, calumnias e injurias, producto de una campaña asquerosa y nauseabunda; ítem más, dicha agrupación política logró también la alcaldía provincial del Santa y la distrital de Nuevo Chimbote, entre otros ayuntamientos. En consecuencia, no hay necesidad de una segunda vuelta electoral; el tema está definido por el amplio respaldo popular que se refleja en la votación obtenida y está ratificado por los resultados divulgados por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).


Esta situación ha originado algunos manotazos de ahogado dirigidos a perturbar, entorpecer, empañar y/o desacreditar el desarrollo del proceso electoral. Algunos derrotados han efectuado movilizaciones violentas pagando cierta cantidad de dinero a los “manifestantes”; han regado actas electorales de sus personeros o cédulas de sufragio sin valor, por algunos domicilios pidiendo intervención del Ministerio Público; han formulado a sabiendas denuncias falsas; han comprometido seriamente a un transeúnte que caminaba cargando una bolsa como si fuera parte de un complot; han pedido la nulidad del proceso; y, han amenazado o asustado a pobladores, bajo el cuento que la nueva administración municipal no les otorgará sus títulos o que los desalojarán del lugar que vienen ocupando.


Toda esta conducta dolosa se encuentra definida en nuestro ordenamiento jurídico vigente como un delito contra voluntad popular; el artículo 354° del Código Penal estipula que los responsables (autores materiales o mediatos, partícipes o cómplices), pueden sufrir una pena privativa de libertad de hasta diez años de prisión, con el agravante de una inhabilitación para el ejercicio de la función pública. Esta figura ilícita fue denunciada ante la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Nuevo Chimbote; sin embargo, el Ministerio Público no actúa con la firmeza, ni energía necesaria. El defensor de la sociedad y la legalidad, no puede dejarse sorprender por los algunos interesados en perturbar el proceso electoral, ni por quienes pretenden manipular la voluntad popular. El fiscal provincial debe recabar los elementos probatorios indispensables, detallar los hechos criminales que saltan a la vista y formalizar la denuncia ante el Poder Judicial (PJ) contra los responsables, muchos de los cuales ya están identificados y son conocidos por toda la población.


Finalmente, éste aplastante resultado fue un golpe mortal para el APRA; el burgomaestre de Nuevo Chimbote, Valentín Fernández, conocido operador político de Agustín Mantilla en la zona y cercano al jefe de Estado, fue duramente castigado en las urnas; ahora, no sólo le espera una auditoria de su gestión municipal, sino que existen indicios razonables que habría cometido lavado de activos y graves delitos contra la administración pública en agravio del Estado, razón por la cual estaría con un pie en la cárcel.



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PRIMER OTROSI DIGO: Este texto fue divulgado el pasado lunes 11 de octubre del 2010, en el diario "La Primera" (pág. 18), en la columna "El dedo en la llaga..." bajo el título "Los manotazos de ahogado" en clara referencia a la manipulación que pretendían algunos candidatos derrotados en la urnas, para perturbar el desarrollo del proceso electoral llevado a cabo en la Región Ancash donde el movimiento regional independiente "Cuenta Conmigo", liderado por César Álvarez, obtuvo un triunfo abrumador, logrando la presidencia regional, la alcandia provincial del Santa y la alcaldía distrital de Nuevo Chimbote.

SEGUNDO OTROSI DIGO: Entre los escándalos comprobados está lo sucedido en el Jurado Electoral Especial del Santa (JEES) donde dos trabajadoras ingresaron a la oficina de la presidenta de dicha Institución y cambiaron dos páginas de un escrito presentado por el personero legal del APRA, José Zafra, quien sospechosamente pretende la nulidad de las elecciones en el distrito de Nuevo Chimbote (donde el actual Alcalde Valentín Fernández Bazán fue derrotado en las urnas), pretendiendo adulterar la primera y última hoja, haciendo aparecer, también, como firmante de aquel extraño pedido de nulidad al personero legal del Movimiento Río Santa Caudaloso que lidera la actual Alcaldesa Provincial del Santa, Virginia Espinoza, quien fue perdió las elecciones. El partido de gobierno no quería estar sólo en esta vergonzosa solicitud y por eso le interesaba que se incorpore otra agrupación partidaria; para ello, el letrado Miguel Mantilla entró en acción. Esta situación se conoce porque una de las personas descubiertas confesó haber actuado ante el pedido de aquel ciudadano, letrado Miguel Alejandro Mantilla Guevarra, quien es abogado del actual Alcalde distrital de Nuevo Chimbote y quien suscribe el pedido de nulidad, así como la impugnación. Toda la población de Nuevo Chimbote sabe que el actual burgomaestre Valentín Fernández está desesperado por la derrota electoral y pretende la nulidad de las elecciones.

Los documentos que prueban estos hechos criminales están en el expediente N° J-2010-02827 que obra en el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Todo este asunto ha sido denunciado ante el Ministerio Público de Chimbote por el Secretario General del Movimiento Regional Independiente "Cuenta Conmigo" y se espera que en los próximos días se formalice la denuncia penal correspondiente ante el Poder Judicial (PJ); ítem más, este asunto, referido a la inexplicable solicitud de nulidad de las elecciones está en manos del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), ya que el personero legal del APRA impugnó la decisión de primera instancia, donde el órgano electoral declaró infundada su petición. Toda la maquinaria de Partido de gobierno está puesta en marcha para tratar de anular las elecciones en el distrito de Nuevo Chimbote, violentándose la voluntad popular y lo que es más grave, sin ningún argumento legal, ni sustento jurídico.
Nuestro BLOG, estará atento y vigiliante, así como toda la población del Santa (Región Ancash) de la decisión de la máxima instancia en materia electoral (JNE).



Lima, octubre del 2010.

08 octubre, 2010

QUE VERGÜENZA !!!

QUE VERGUENZA !!!


El 03 de septiembre del 2010, en sesión de pleno jurisdiccional, el Tribunal Constitucional (TC), extrañamente, declaró fundada una acción de Amparo interpuesta por un ex vocal supremo titular, arrojando al tacho las esperanzas de la población para lograr una verdadera purificación del Poder Judicial (PJ). Ésta lamentable sentencia, suscrita por cuatro magistrados, resulta un precedente nefasto en la lucha frontal contra la impunidad y constituye un peligro para el desarrollo de una recta administración de justicia, ya que han pisoteado las garantías judiciales consagradas en nuestro ordenamiento jurídico vigente y atropellado ferozmente el debido proceso legal, sólo para ayudar al letrado del cardenal Juan Cipriani y profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad “San Martín de Porres”, controlada por el actual presidente del Consejo de Ministros (PCM) donde, curiosamente, dos magistrados firmantes, también, son docentes.

Todos recordamos que el ex juez supremo titular, hoy favorecido, había sido destituido por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), debido a una denuncia que presentamos desde el Congreso de la República (2004), por una grave inconducta funcional cometida durante el trámite del proceso judicial seguido entre la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) y la Empresa BECOM. Era la primera vez, en la historia democrática del Perú, que los cinco integrantes de una Sala completa de la Corte Suprema de Justicia eran expulsados drásticamente. Estábamos ante una sanción ejemplar que fortalecía nuestras instituciones y lanzaba el mensaje de extirpar a los malos elementos enquistados en el vientre del Poder Judicial (PJ).

Ahora bien, el cuestionado fallo mayoritario resulta totalmente contradictorio con uno anterior que dictó el propio Tribunal Constitucional (TC), en la sesión de pleno jurisdiccional del pasado 29 de agosto del 2006, en otra acción de Amparo seguida entre las mismas partes y que está mencionado por los tres magistrados que opinaron por la improcedencia. Esta delicada situación ocasionada por el intérprete supremo del orden jurídico podría afectar seriamente la cosa juzgada constitucional. Por tal razón, hemos sido informados, que el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) decidió plantear una aclaración; sin embargo, no creemos que por esa vía se vaya a dejar sin efecto aquella horrenda sentencia que incluso, llega al extremo inaceptable de ordenar que restituyan al ex juez supremo titular, en un plazo de dos días.

Para nosotros el único camino sería la nulidad y para ello debemos empezar una ardua batalla jurídica en defensa de la legalidad e impedir el triunfo de la impunidad, ya que no podemos admitir el retorno de jueces cuestionados, ni que se limite o restrinja la facultad constitucional del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) para destituir jueces o fiscales, condicionando a que primero sean suspendidos. Esto resulta ilusorio, ya que la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia nunca sanciona a sus miembros. Ítem más, jamás podría hacerlo, ya que no existe norma legal que permita aplicar medidas disciplinarias entre sus pares y tampoco esta definido quién llevaría a cabo la pesquisa, ni cuáles serían las instancias adecuadas para resolver.
Por último, no olvidemos que la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) no tiene capacidad para investigar, ni sancionar a jueces supremos o sea “otorongo no come otorongo”.



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PRIMER OTROSI: Este artículo fue publicado el sábado 02 de octubre del 2010, en la columna “El dedo en la llaga…”, página 12, del diario “La Primera” (Lima-Perú).


SEGUNDO OTROSI: Nuestro BLOG considera que estamos ante una situación complicada y/o peligrosa que favorece a un juez supremo ligado al gobierno, que había sido correctamente destituido del cargo y que afecta, seriamente, al Tribunal Constitucional (TC) por favorecer la impunidad; además, tiende a restringir las atribuciones legales del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) buscando una indebida e ilegal protección de los jueces supremos que cometen inconducta funcional. Resulta inexplicable una decisión de esta naturaleza y constituye un precedente nefasto en la batalla democrática que debemos librar permanentemente todos los ciudadanos, para buscar un Poder Judicial (PJ) que realmente administre e imparta justicia a toda la población, con jueces justos, honrados y honestos.


TERCER OTROSI: Nuestro BLOG pide las disculpas del caso por no divulgar todas las resoluciones dictadas por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), Poder Judicial (PJ) y Tribunal Constitucional (TC) referidas a este escandaloso caso, debido a razones de espacio. Pero si vamos a mencionar datos referenciales de las mismas a fin que las puedan ubicar y leerlas con calma, lo cual permitirá analizarlas y obtener sus conclusiones.


CUARTO OTROSI: Nuestro BLOG recomienda, a los interesados en conocer un poco más sobre éste escandaloso tema, primero dar lectura a las resoluciones administrativas N° 045-2005-PCNM y N° 051-2005-CNM dictadas por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) que dieron lugar a la destitución del juez supremo, luego la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) recaída en el expediente N° 05156-2006-PA/TC (29 de agosto del 2006).


Posteriormente, el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) dictó las resoluciones administrativas N° 066-2006-PCNM (30 de noviembre del 2006) y N° 249-2007-CNM (16 de julio del 2007) donde nuevamente se pronuncia por la destitución del juez supremo. Ante ello, el magistrado vuelve a la carga en su intención de retornar a la Corte Suprema de Justicia y nuevamente presenta otra acción constitucional de Amparo que culmina con la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional (TC) y recaída en el expediente N° 0896-2008-PA/TC (01 de septiembre del 2008); sin embargo, no conforme con ello otra vez logra que el dossier vuelva al interprete supremo del orden jurídico peruano y, extrañamente, obtiene en mayoría, al parecer, por razones estrictamente amicales, un fallo favorable que recayó en el expediente N° 01873-2009-PA/TC (03 de septiembre del 2010) el cual está siendo duramente cuestionado, ya que favorece a la impunidad.



Lima, octubre del 2010.